Si has abierto una cuenta bancaria para tu hijo, ten cuidado: Hacienda ataca con fuertes sanciones

Cada vez es más habitual abrir una cuenta bancaria a nuestros hijos o sobrinos menores de edad, para llevar a cabo ingresos cada cierto tiempo. Además, muchos padres llevan a cabo este proceso con el fin de proporcionar unos ahorros a sus hijos al cargo, para el futuro.
Esto es algo que normalmente se lleva a cabo para garantizar unos estudios de calidad, sacar el carnet de conducir en el futuro, y cosas así. En lugar de gastar el dinero en juguetes y otros bienes innecesarios para los menores, se les hace unos ingresos en esta cuenta bancaria, algo que seguro nuestros hijos o sobrinos agradecerán más adelante. De hecho, hay muchos bancos que nos proponen cuentas especialmente indicadas para ello con unos beneficios dedicados para los más pequeños de la casa.
Pero claro, llegados a este punto, los benefactores quizás se puedan plantear una importante cuestión, todo con el fin de evitar sanciones por parte de la Agencia Tributaria. Básicamente con esto lo que os queremos decir es que quizás hayáis planteado hasta qué punto debemos informar al fisco acerca de esta cuenta bancaria que compartimos con nuestro hijo o hijos al cargo.
Es posible que en alguna ocasión hayas escuchado que, de no informar al fisco acerca de esta cuenta compartida con menores, podemos enfrentarnos a multas de en torno a 3000 euros. Sin embargo, hay que tener en consideración que estos casos son muy puntuales y no es lo habitual. Eso sí, hay determinados movimientos que deberíamos tener en consideración para evitar problemas con Hacienda en estos casos concretos.
Casos en los que Hacienda vigila las cuentas de menores
Antes de nada, lo primero que debemos tener presente es que, si nos encontramos ante esta situación que los mencionamos, en principio no debemos comunicar a la Agencia Tributaria la apertura y uso de esta cuenta para nuestros hijos o sobrinos. En el caso de que se detecte algún uso indebido de la misma, será la propia entidad bancaria la que se encargue de comunicarlo a Hacienda por su cuenta y riesgo.
A partir de ahí, si se da esta circunstancia, recibiríamos la correspondiente comunicación por parte del fisco para que explicásemos esta supuesta irregularidad. Esto quiere decir que si tenemos una cuenta conjunta con nuestros hijos, no se lo tenemos que comunicar a Hacienda. En caso necesario ya será la propia entidad bancaria, ya que se encargue de todo ello.
Eso sí, algo que debemos tener presente es la periodicidad y las cantidades que ingresemos en esta cuenta para nuestros hijos o familiares menores de edad. Y es que se puede dar la circunstancia de que estos ingresos los mencionamos se consideren como una donación. Todo dependerá de la cantidad de dinero que ingresemos al año, por lo que la propia Agencia Tributaria podría sospechar que estamos llevando a cabo una donación no declarada.
Ahí es donde podrían empezar los problemas, pero la mayoría de los casos hablamos de varios miles de euros para que Hacienda se ponga manos a la obra con las investigaciones en estos casos en concreto.